EXW
Este Incoterm deposita gran parte de la responsabilidad sobre la mercancía en el comprador, quien es el responsable de cubrir daños o pérdidas. A efectos de este término de negociación, la entrega se realiza generalmente en la fábrica o almacén del vendedor y este no debe responder por temas de carga o transporte.
FCA
En las negociaciones realizadas bajo este término, el vendedor tiene la responsabilidad de hacerse cargo del pago de los aranceles de la exportación y, en caso de que la entrega se realice en su fábrica o almacén, también será el responsable del proceso de carga.
FAS
De acuerdo con este Incoterm, el vendedor tiene la responsabilidad sobre la mercancía hasta ponerla junto al barco en el puerto acordado entre las partes durante la negociación. Los costos de carga y el riesgo durante el viaje están a cargo del comprador.
Nota: en caso de que la mercancía pase por una terminal de contenedores, se perdería la asignación de la responsabilidad sobre ella a una de las partes de la negociación mientras es almacenada para su transporte, generando un factor de riesgo. Si esto pudiese ocurrir durante la cadena logística, es más recomendable usar el FCA.
FOB
En este Incoterm, la responsabilidad del vendedor sobre la mercancía se extiende hasta el momento en que esta es cargada en el buque. Después de ello, es responsabilidad del comprador.
Nota: en caso de que la mercancía pase por una terminal de contenedores, se perdería la asignación de la responsabilidad sobre ella a una de las partes de la negociación mientras es almacenada para su transporte, generando un factor de riesgo. Si esto pudiese ocurrir durante la cadena logística, es más recomendable usar el FCA.
CFR
Bajo este Incoterm, la responsabilidad del vendedor termina una vez que la mercancía haya sido cargada en el buque y haya cubierto los costos del transporte hasta el puerto de destino acordado con el comprador. En adelante, la responsabilidad pasa a este último.
Nota: en caso de que la mercancía pase por una terminal de contenedores, se perdería la asignación de la responsabilidad sobre ella a una de las partes de la negociación mientras es almacenada para su transporte, generando un factor de riesgo. Si esto pudiese ocurrir durante la cadena logística, es más recomendable usar el CPT.
CIF
El vendedor es responsable del pago del seguro y el flete para que la mercancía sea entregada al comprador en el lugar que haya sido indicado por este último.
Nota: en caso de que la mercancía pase por una terminal de contenedores, se perdería la asignación de la responsabilidad sobre ella a una de las partes de la negociación mientras es almacenada para su transporte, generando un factor de riesgo. Si esto pudiese ocurrir durante la cadena logística, es más recomendable usar el CIP.
CPT
Con este Incoterm, el vendedor tiene la responsabilidad sobre la mercancía hasta entregarla al transportista o a una persona designada por el comprador en el lugar de carga. Es también deber del vendedor pagar los aranceles de exportación. Una vez el transportista o la persona designada reciba la mercancía, la responsabilidad sobre daños o pérdidas de esta pasa al comprador.
CIP
De acuerdo con este término, el vendedor tiene a cargo la responsabilidad sobre la mercancía hasta que esta sea entregada al primer transportista. Además de esto, debe ocuparse de los costos por aranceles de exportación, paga del flete y gastos de descarga. Los riesgos los asume el comprador después de dicho momento.
Una de las novedades de los Incoterms 2020 se da para el CIP, pues se amplía el alcance de la cobertura del seguro que debe obtener el vendedor, abarcando un abanico más amplio de riesgos y un cobro de indemnizaciones más alto.
DAP
El vendedor, de acuerdo con este Incoterm, tiene la responsabilidad sobre la mercancía hasta que esta llegue al lugar acordado con el comprador. Allí, este último asume la responsabilidad de descargarla y de culminar la cadena logística.
DPU
Este Incoterm aparece por primera vez en esta actualización y es por ello su principal novedad. En él, el vendedor tiene la responsabilidad sobre la mercancía hasta que esta sea llevada al punto de destino acordado con el comprador, que no debe ser exclusivamente una terminal. Este término tiene la particularidad de que el vendedor es también quien debe cubrir el valor de descargue de la mercancía una vez haya llegado a dicho destino acordado.
DDP
Actúa de manera inversa que el EXW, siendo más exigente con el vendedor, pues este debe cubrir la cadena logística, pasando por la exportación y la importación, hasta finalmente dejar la mercancía en el lugar acordado con el comprador. Adicionalmente, tiene la responsabilidad de pagar el flete, el seguro y los trámites aduaneros.
Nota: si se quiere que el comprador asuma todos los riesgos y costos del despacho de exportación, se recomienda usar el DAP (Entregada en lugar)