Pregunta Base
Pregunta Base
¿Cómo hacer el traspaso del inmueble terminada la operación?
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Para este proceso, ponemos a tu disposición los servicios de nuestros proveedores, quienes te contactan pidiendo la siguiente información, una vez finalice la operación.
Documentos solicitados
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Copia de las cédulas de los locatarios, adquirentes y compradores.
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Certificado de cámara de comercio (con fecha de expedición no mayor a 20 días).
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Certificado de tradición y libertad vigentes de el o los inmuebles (con fecha de expedición no mayor a 5 días).
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Copia auténtica de la escritura de reglamento propiedad horizontal (primera hoja donde figure número de escritura, parte pertinente a linderos generales y especiales de los inmuebles, hoja de bienes comunes y última hoja donde están las firmas).
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Paz y salvo de impuesto predial y valorización vigente (este se requiere para el momento de la firma de la escritura).
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Paz y salvo de administración vigente (es requerido para el instante de la firma de la escritura).
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De acuerdo con la Ley 1943 de 2018, por la cual se modifica el estatuto tributario en su artículo 57, se debe aportar el pago de la retención en la fuente para la sociedad compradora (formulario 490, concepto 61) (si aplica).
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Según la Ley 1943 de 2018, por la cual se modifica el estatuto tributario en su artículo 21, se debe aportar el pago al impuesto nacional al consumo (si aplica).
Los documentos enunciados deben enviarse al proveedor, al correo electrónico que te proporcionen en el momento del contacto.
Ten presente
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Gestiona la facturación de obligaciones derivadas del inmueble, como impuesto predial, administración y valorización (si aplica).
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Realiza el pago de dichas obligaciones en la vigencia correspondiente a la realización del trámite.
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Una vez se reciben y validan los documentos, el proveedor te contacta para concretar fecha, hora y notaría asignada para la firma de la escritura pública.
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Conserva los documentos originales para presentarlos al momento de la firma de la escritura en la notaría.