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Los negocios deben gestionar los contratos según el perfil y la actividad que va a realizar cada trabajador. Hacer este proceso de forma eficiente es fundamental para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de todos los tamaños. Conoce aquí las pautas que debes tener en cuenta.

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En este contenido encontrarás:

- ¿Qué se debe tener en cuenta al elaborar un contrato de trabajo?
- Tipos de contratos: ¿cómo se clasifican?
- 1. Contrato a término fijo
- 2. Contrato a término indefinido
- 3. El contrato de obra o labor
- 4. Contrato de aprendizaje
- ¿Cuándo es pertinente usar cada tipo de contrato?


¿Qué se debe tener en cuenta al elaborar un contrato de trabajo?

En un país con una elevada tasa de informalidad laboral y empresarial, el proceso de gestión de contratos cobra más relevancia. Para realizarlo de forma correcta es fundamental conocer las necesidades de la compañía, su sector productivo y el cargo concreto que ocupará una persona con el fin de determinar cuál es la modalidad de contratación que más se ajusta a la industria, teniendo en cuenta las particularidades de cada tipo de contrato.

Adriana Escobar, socia de CMS Rodríguez-Azuero y líder del área de Derecho Laboral y Pensiones de la misma firma, explica que para ello es necesario definir cuáles son los esquemas de remuneración y beneficios que aplicarán en cada caso, con el fin de diseñar las respectivas cláusulas contractuales:

  1. Si es un salario integral u ordinario.
  2. Los rubros que constituyen salario y cuáles son los beneficios extralegales no salariales.
  3.  Cuáles son las metas específicas para que se causen bonificaciones o comisiones.

 

Por su parte, Luis Alejandro Quintero, socio de QyQ Legal, sugiere tener en cuenta los siguientes elementos:

 

Recomendaciones de Luis Alejandro Quintero, socio de QyQ Legal, al momento de contratar personal.

 

Tipos de contratos: ¿cómo se clasifican?

Actualmente, la legislación colombiana define los tipos de contrato por su término o duración, de la siguiente manera:

1. Contrato a término fijo

Por regla general y teniendo en cuenta lo expuesto en el Artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, este contrato debe quedar por escrito, pues en caso de que se pacte de forma verbal se entenderá como un contrato a término indefinido. Además, el contrato a término fijo no puede tener una duración mayor a los tres años, aunque sí se puede prorrogar indefinidamente.

2. Contrato a término indefinido

Este tipo de contrato es el más común y usado por las compañías, y es pertinente cuando:

  • No exista una fecha de culminación del objeto contractual.
  • El objeto contractual no resulte de un servicio o una labor en concreto que deba ejecutarse en determinado tiempo.
  • Exista afinidad entre el objeto contractual del trabajador y el objeto o actividad comercial de la compañía.

 

En cuanto a la terminación unilateral sin justa causa por parte del empleador, al igual que en todos los contratos laborales, deberá pagarse una indemnización. Esta depende del tiempo laborado y de los salarios devengados; es decir que la indemnización por la terminación unilateral sin justa causa se liquida así:

  • Si el trabajador devenga menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes y el periodo de tiempo laborado es menor o igual a un año, la indemnización corresponde a 30 días de salario.
  • Si el trabajador devenga menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes y el periodo de tiempo laborado es mayor a un año, la indemnización corresponde a los 30 días de salario por el primer año laborado y 20 días de salario adicionales por cada año adicional al primero o proporcionalmente.

 

3. El contrato de obra o labor

Este contrato es utilizado para vincular formalmente a trabajadores cuando exista la necesidad de adelantar una labor u obra específica, por lo que su duración se entendería desde la suscripción del contrato hasta la terminación de la obra o labor para la que fue vinculado el trabajador. Estos contratos son usados generalmente en:

  • Universidades.
  • Colegios.
  • Proyectos de construcción.
  • Contratos de prestación de servicios entre la compañía y un tercero.
  • Actividades comerciales que se desempeñen para un proyecto que tenga un determinado tiempo.

 

4. Contrato de aprendizaje

Estos contratos son creados y usados para apoyar la formación de personas que se encuentren adelantando estudios bien sea en el SENA o las universidades y que requieran una práctica relacionada con sus estudios. Esta vinculación se hace obligatoria para compañías que tengan 15 o más trabajadores, tal como lo dispone el Artículo 32 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002.

 

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¿Cuándo es pertinente usar cada tipo de contrato?

En aquellos eventos en los cuales se tenga la plena certeza del período de duración de labores, es viable implementar un contrato a término fijo. Sin embargo, si se opta por este tipo de vínculo, se debe garantizar el cumplimiento de las formalidades relacionadas con prórrogas y preavisos de no renovación.

Por otro lado, en aquellos casos donde la contratación de un trabajador está atada a un proyecto específico sobre el cual no se conoce una fecha determinada de terminación, es recomendable la implementación del contrato por duración de la obra o labor contratada, permitiendo que una vez finalice la obra especifica, el empleador pueda terminar el contrato por culminación de la obra o labor sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización.

En Colombia, no existe obligación alguna para que los contratos laborales sean formalizados por escrito. En la medida que pueden surgir relaciones laborales con ocasión a acuerdos verbales, las mismas tienen plena validez, entendiéndose que su duración es indefinida.

No obstante, en aquellos eventos en los cuales las partes formalizaron las condiciones laborales por escrito, cualquier tipo de contrato debe incluir las siguientes cláusulas:

Cláusulas de un contrato para la formalización de condiciones laborales.

Según Adriana Escobar, los contratos laborales a término indefinido y/o fijo suelen ser homogéneos independientemente de la industria o sector empresarial en el que se apliquen.

No obstante, en la práctica se observa que es usual que empresas del sector de la construcción, interventoría y gestión de proyectos de infraestructura utilicen los contratos por duración de la obra o labor.

En lo referente a jornada laboral, es usual que sectores como hidrocarburos, agroindustrial y demás que tengan trabajo de campo implementen jornadas de trabajo especiales por turnos, reguladas en el Artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo, y que se pactan expresamente en el contrato.

 

 

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