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Anticipo de pagos
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¿Estás esperando que tus clientes te paguen para poder atender las necesidades de tu negocio? ¡En Bancolombia hemos creado una solución para ti!

Esta línea de financiación te permite adelantar el pago de tus ingresos recurrentes, en el momento que lo necesites. Con el crédito Anticipo de pagos es posible conseguir que el flujo de caja de tu negocio se mantenga circulante para atender tus necesidades, el producto únicamente se puede adquirir a través de una oferta de monto preaprobado que llegará vía mensaje de texto(SMS) a tu teléfono celular autorizado y el cual podrás desembolsar de una forma ágil y segura.

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    Te anticipamos ingresos desde $ 1 millón y hasta $ 7 millones, dependiendo de la capacidad de endeudamiento del cliente.

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    Plazos hasta 3 meses, a una sola cuota. ¡Tú decides! Si pagas a un mes, a los dos meses o a los tres meses.

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    Debes tener un credito pre aprobado de Anticipo de pagos y una cuenta de ahorros o corriente para adquirir este producto.

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    El anticipo se te abona a la cuenta de ahorros o corriente principal que tengas inscrita con el Banco.

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    Tu anticipo de pagos no tendrá cobro de ningún tipo de seguro.

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    Dispones de dinero inmediato para cubrir tus necesidades

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    No necesitas ningún tipo de codeudor

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    El desembolso de tu anticipo de pagos lo realizas a través de tu celular y sin desplazarte de tu negocio.

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    Anticipo de pagos está exento de GMF (conocido como 4x1000) teniendo en cuenta que el desembolso de este crédito solo se realizará a la cuenta de ahorros o corriente del titular de la obligación.

  1. ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES: A través del presente documento, EL CLIENTE acepta los Términos y Condiciones que regulan el crédito de consumo denominado “Anticipo de Pagos” (en adelante Crédito), en el cual, EL BANCO, de acuerdo con sus políticas de riesgo de crédito, le informa a EL CLIENTE la posibilidad de acceder a un Crédito. En caso de aceptación, EL CLIENTE asume la obligación de restituir incondicionalmente las sumas de dinero por el concepto de capital e intereses, en los siguientes términos y condiciones, los cuales EL CLIENTE declara que ha leído, conoce, y acepta en su integridad.

  2. DESCRIPCIÓ;N DEL PRODUCTO. El producto financiero consiste en el otorgamiento de un crédito de consumo con único desembolso, con el fin de que lo utilice como un anticipo de alguno de los pagos que recurrentemente recibe de sus clientes. Este crédito tiene una tasa de interés fija y es pagadero a una sola cuota a su vencimiento, es decir, se paga al finalizar el plazo que EL CLIENTE haya acordado con EL BANCO.

  3. APROBACIÓN. EL CLIENTE recibirá a su número de celular, un mensaje de texto SMS con el ofrecimiento del Crédito, cuya aprobación esta conforme las condiciones comerciales y las políticas de riesgo de crédito establecidas por Bancolombia S.A. para la fecha del mensaje de texto SMS.

    EL CLIENTE tendrá la opción de acceder a El Crédito en los quince (15) días siguientes contados a partir de la fecha en que reciba el mensaje de texto SMS por parte de EL BANCO. Si después de transcurridos los quince (15) días, EL CLIENTE no ha manifestado su aceptación, la aprobación del Crédito perderá vigencia.

  4. CALIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE RIESGO. Si en algún momento EL CLIENTE desea conocer la última calificación y clasificación de riesgo que se le asignó en el estudio de crédito, podrá solicitarla a EL BANCO a través de los canales puestos a su disposición, así mismo EL BANCO en los términos que prevea la ley deberá dar respuesta a EL CLIENTE junto con los fundamentos que la justifican.

  5. TASA: Durante la vigencia de la operación de crédito, EL CLIENTE se obliga a reconocer a EL BANCO por las sumas adeudadas, una tasa de interés remuneratoria fija acordada por EL CLIENTE con EL BANCO vía mensaje de texto, calculada mes vencido y notificada en tasa efectiva anual.
    EL CLIENTE podrá conocer las condiciones nuevamente a través de los canales de comunicación puestos a disposición por EL BANCO.

    En caso de mora, EL CLIENTE deberá reconocer a EL BANCO una tasa equivalente a la máxima permitida por la ley colombiana, que será cobrada por cada día de retardo.

  6. PLAZO. El plazo iniciará el día que EL CLIENTE haya acordado con EL BANCO los términos y condiciones contemplados el día del desembolso. Según EL CLIENTE lo acuerde, el plazo para el pago total del Crédito podrá ser de uno (1), dos (2) o tres (3) meses.

  7. PAGO. Sin lugar a requerimiento previo, EL CLIENTE se obliga a pagar a EL BANCO, al vencimiento del plazo acordado, una suma de dinero que corresponderá al total del capital e intereses a la tasa estipulada, más los intereses de mora y los costos de cobranzas, cuando a ellos haya lugar.

    PARAGRAFO. EL CLIENTE entiende y acepta que el pago de cualquier cantidad de dinero que haga a EL BANCO debido al crédito otorgado tendrá el siguiente orden de imputación: 1. A los gastos de la cobranza prejudicial y/o judicial cuando a ello hubiere lugar, y otros gastos a cargo de EL CLIENTE. 2. A intereses de mora. 3. A intereses remuneratorios. 4. A Capital. 5. A obligaciones no vencidas. La imputación se efectuará primero a la obligación más antigua y luego a la más reciente.

  8. ESTADO DE CUENTA. Con el fin de que EL CLIENTE conozca y pague oportunamente el valor de las sumas que debe a EL BANCO y que se ha obligado a pagar, EL BANCO le enviará al correo electrónico que haya(n) registrado para este fin, un comunicado con el estado de cuenta de la obligación que tiene a su cargo y su fecha de pago.

    EL CLIENTE debe tener presente:

    1. 8.1 por cualquier circunstancia no recibe el estado de cuenta, deberá hacer los pagos en el día señalado como fecha límite de pago, de acuerdo con la información que EL BANCO ha puesto a su disposición en la Sucursal Virtual Personas y en la Aplicación Móvil Bancolombia.

    2. 8.2 Igualmente, a través de la Sucursal Virtual Personas de EL BANCO y en la Aplicación móvil Bancolombia, podrá consultar esta información y realizar el pago de sus obligaciones.

    3. 8.3 Puede(n) efectuar los pagos en los canales que EL BANCO tiene habilitado para tal fin, los cuales están informados en la página web grupobancolombia.com.co.

  9. CONDICIONES DE PREPAGO. En los términos de la ley 1555 de 2012, EL CLIENTE tiene derecho a realizar, pagos anticipados, parciales o totales sin incurrir en ningún tipo de penalización. Cuando lo haga, EL BANCO aplicará su pago anticipado al capital disminuyendo el valor adeudado del Crédito. En caso de que EL CLIENTE prepague la obligación, como consecuencia se extinguirá el plazo acordado entre EL CLIENTE y EL BANCO, en la fecha en que se efectué el pago.

  10. DERECHOS DE EL BANCO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. EL BANCO podrá declarar vencida la obligación de EL CLIENTE y exigirle el pago de la totalidad de la deuda, cuando EL CLIENTE:

    1. 10.1 Incumpla o retarde el pago de la cuota.

    2. 10.2 Si los bienes de EL CLIENTE son embargados o perseguidos por cualquier persona en ejercicio de cualquier acción, de tal manera que a juicio de EL BANCO pueda afectarse el cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CLIENTE.

    3. 10.3 Se de la muerte de EL CLIENTE.

    4. 10.4 EL CLIENTE, sus asociados directos e indirectos con una participación mayor o igual al 5% en el capital social, sus directivos o agentes en condición de tales, en cualquier tiempo haya(n) sido o llegare(n) a ser: i) condenado(s) por parte de las autoridades competentes por el delito de lavado de activos, los delitos fuente de éste, incluidos los delitos contra la administración pública o el delito de financiación del terrorismo o administración de recursos relacionados con actividades terroristas ii) sancionado(s) administrativamente por violaciones a cualquier norma anticorrupción iii) incluido(s) en listas administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera para el control de lavado de activos y/o financiación del terrorismo y/o corrupción en cualquiera de sus modalidades, iv) vinculado(s) a cualquier tipo de investigación, proceso judicial o administrativo, adelantado por las autoridades competentes del orden nacional o extranjero, por la presunta comisión de delitos o infracciones relacionadas con el lavado de activos, delitos fuente de lavado de activos, incluidos delitos contra la administración pública, y/o financiación del terrorismo o administración de recursos relacionados con actividades terroristas. En los demás casos que estén consagrados en los documentos que regulan la relación de EL CLIENTE con EL BANCO.

    PARAGRAFO. EL CLIENTE declara que conoce y entiende que todos los costos y gastos de cobranza judicial o extrajudicial en los que incurra EL BANCO para gestionar el cobro serán a su cargo. Así mismo, declara que se encuentran a su cargo los impuestos o gravámenes que afecten la obligación, cuando a ello hubiere lugar.

  11. COMPENSACIÓN DE OBLIGACIONES: EL CLIENTE autoriza a EL BANCO para debitar todas las sumas de dinero adeudadas, tales como capital, intereses, comisiones, seguros, impuestos, costos y gastos de la cobranza prejudicial y judicial, etc., de la cuenta corriente, de la cuenta de ahorros, de cualquier depósito o suma de dinero que exista a nuestro nombre o a nombre de alguno de nosotros en cualesquiera de sus oficinas en el país.

  12. OTROS PUNTOS IMPORTANTES.

    1. 12.1Es necesario que toda la documentación e información de EL CLIENTE que repose en EL BANCO se encuentre actualizada, por lo que EL CLIENTE conoce y acepta que deberá suministrarla anualmente, cuando ocurra una modificación o cuando le sea solicitada.

    2. 12.2 EL CLIENTE solo podrá acceder a la oferta del producto financiero que hace EL BANCO, a través de mensaje de texto. El horario de servicio en el cual EL CLIENTE puede interactuar inicia a las 7:00 hasta las 19:00.

Tasa Fija Desde Hasta
1,90% Mes vencida 1,94% Mes vencida
25,34% Efectiva Anual 25,91% Efectiva Anual

La tasa de mora para créditos de consumo es 25,91% Efectiva Anual.

Las tasas pueden variar de acuerdo con las polícias de riesgo de la entidad,el monto aprobado y el plazo pactado entre el cliente y el banco.

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    El Banco realizará el débito automático de los recursos de tu cuenta de ahorros o corriente para el pago de tu anticipo

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    También ponemos a tu disposición nuestra red de canales virtuales como Sucursal Virtual Personas y APP Personas para el abono y pago de tu anticipo en el momento que lo desees.

El Banco te contactará a través del envío de mensajes de texto (SMS) a un teléfono celular autorizado previamente por ti para hacerte la oferta. En este proceso podrás escoger el plazo que se ajuste más a tu capacidad de pago y aceptar términos y condiciones de una manera ágil y segura.

Para cualquier duda o solicitud de información adicional comunícate con nuestra Línea de Atención al Cliente 018000912345

Esta línea de financiación te permite adelantar el pago de tus ingresos recurrentes, en el momento que lo necesites. Con el crédito Anticipo de pagos es posible conseguir que el flujo de caja de tu negocio se mantenga circulante para atender tus necesidades, el producto lo podrás desembolsar exclusivamente a través de mensajes de texto en el celular

  • 1

    Ser condenado por parte de las autoridades competentes por el delito de lavado de activos, los delitos fuentes de éste, por el delito de financiación del terrorismo o administración de recursos relacionados con dichas actividades.

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    Ser incluído en listas para el control de lavado de activos y/o financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera.

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    Estar vinculado con requerimientos, investigaciones, procesos judiciales, administrativos o fiscales por la presunta comisión de delitos de lavado de activos, delitos fuente de lavado de activos y/o financiación del terrorismo o Fiscalía General de la Nación, Juez de la República, DIAN, Coljuegos, alguna de las superintendencias de Colombia, Contraloría General de la nación, Procuraduría General de la Nación, Autoregulador del Mercado Valores, Policía Nacional y otras autoridades competentes de orden nacional o extranjero que tengan por oficio investigar este tipo de delitos

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