Beneficios
Tu Seguro Empleado Protegido cuenta con nuevos servicios.
*Al dar clic en el botón "Disfruta tu seguro" administrado por Cardif Colombia Seguros Generales S.A quién rige los términos y condiciones.
Conócelos aquí arrow-rightCaracterísticas
Edad de ingreso
Entre 18 y 63 años
Edad máxima de permanencia
64 años
Coberturas del seguro
Coberturas del seguro
Coberturas del seguro
Desempleo involuntario
- ok
Cuando quedas desempleado sin justa causa.
- ok
Si te retiras de manera negociada y existe una indemnización por parte del empleador.
- ok
En caso de que tengas un contrato temporal y te despidan de manera anticipada respecto a la fecha de vencimiento del contrato.
- ok
Cubre hasta seis (6) cuotas del crédito con un límite de hasta $4.000.000 por cuota.
Enfermedades graves, aplica cuando te diagnostican por primera vez, alguna de las siguientes enfermedades:
Cubre hasta seis (6) cuotas del crédito con un límite de hasta $4.000.000 por cuota.
- ok
Cáncer.
- ok
Infarto al Corazón.
- ok
Cirugía de Angioplastia Coronaria o Revascularización Cardiaca.
- ok
Accidente Cerebrovascular Isquémico y/o Hemorrágico.
- ok
Esclerosis Múltiple.
- ok
Insuficiencia Renal Crónica total e irreversible de uno o ambos riñones que implique tratamiento asociado de hemodiálisis y/o diálisis peritoneal.
- ok
Trasplante de órganos Mayores (solo como receptor).
Tarifas
Descripción | Tarifa |
---|---|
Empleado Protegido para Crédito Hipotecario | Tasa 4,76% sobre la cuota mensual del crédito. |
El valor de la prima del seguro es cobrado mensualmente, la prima no es financiada por lo que no causa intereses.
Solicitud
Solicita el seguro empleado protegido en cualquier oficina Bancolombia en el momento en que solicitas tu crédito hipotecario o inclusive, lo puedes adquirir si ya cuentas con un Crédito Hipotecario activo con Bancolombia.
Reclamación
Para hacer uso de tus coberturas:
- ok
clic aquí y escríbenos a nuestra línea de WhatsApp 3124168684, para ayudarte con todo el proceso.
- ok
O visita cualquiera de nuestras oficinas Bancolombia en todo el país.
*Para el amparo de lo consagrado en el artículo 1077 del Código de Comercio, al asegurado le corresponderá demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro. No obstante, lo anterior, en caso de presentarse un siniestro por las causas mencionadas se sugiere que los beneficiarios alleguen los documentos sin que se constituyan como los únicos medios de prueba para comprobar la ocurrencia y cuantía de este.
Documentos necesarios
-
Desempleo: Documento que conste la terminación de la relación laboral o carta de despido, en la que se justifique: (i) tipo de contrato, (ii) causal de terminación (iii) fecha de inicio y terminación del contrato. (iv) Soporte de indemnización o bonificación. (v) Para contratos de obra labor, prestación de servicios, carrera administrativa, trabajadores oficiales, o de libre nombramiento o remoción y en provisionalidad, certificación de continuidad laboral.
-
Enfermedades graves: Historia clínica y en caso de cáncer los estudios patológicos que confirmen el diagnóstico.
Puedes presentar un número ilimitado de reclamaciones de siniestro por desempleo involuntario siempre y cuando cuentes con una continuidad de 6 meses laborados luego del siniestro presentado.
Cancelacion
Para cancelar tu seguro comunícate con:
Desde Bogotá: 601 745 5553
Desde Cali: 602 485 0809
Desde Medellín: 604 604 0027
Desde Barranquilla: 605 385 1828
Desde Bucaramanga: 607 697 1129
Línea Nacional: 018000960011
Documentos
Información legal
Preguntas frecuentes
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