Radian y novedades tributarias: todo lo que debes saber
El pasado 14 de septiembre, el Gobierno Nacional sancionó la Ley de Inversión Social, que establece beneficios para apoyar a las organizaciones en la fase de reactivación económica. Encuentra aquí información clave sobre estas nuevas normas.
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Contenido del artículo
- Ampliación del PAEF
- Incentivo a la creación de nuevos empleos
- Días sin IVA
- Apoyo al sector comercial e industrial
- Exención de renta para empresas de economía naranja
- Beneficios para empresas afectadas por el paro
- Régimen simple: alternativa que pueden aprovechar las pymes
- Obligaciones para las empresas
Conoce algunas de las medidas que incluye la Ley de Inversión Social, o Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, que ya entró en vigor: ampliación del PAEF, incentivo a la creación de nuevos empleos, días sin IVA, exención de renta para empresas de economía naranja, beneficios para empresas afectadas por el paro, entre otros. Así como algunas de las obligaciones nuevas que trae para el sector empresarial.
Ampliación del PAEF
La ley estableció la ampliación del PAEF (Programa de Apoyo al Empleo Formal) hasta diciembre de 2021. El programa se creó en 2020 para proteger el empleo durante la pandemia a través del otorgamiento de un aporte monetario mensual a los beneficiarios.
Este beneficio cubre a los empleadores que hayan tenido un máximo de 50 empleados para el periodo de cotización de marzo de 2021. Este subsidio corresponde a un aporte estatal del 40% o 50% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) por cada trabajador.
Para acceder al PAEF las empresas deben demostrar la disminución del 20% o más de sus ingresos y cumplir con los requisitos exigidos en el programa. Si la planta de personal supera los 50 empleados al momento de la postulación, el subsidio solo aplicará para un máximo de 50 trabajadores, siendo prioridad las mujeres.
De acuerdo con la ANDI, gracias a este mecanismo se ha protegido el tejido empresarial nacional, beneficiando a 142.999 empleadores, de los cuales el 91,2% corresponde a pymes que tienen 50 trabajadores en promedio, lo que ha ayudado a mantener los empleos formales de por lo menos 4.151.854 de colombianos que han recibido más de $6,8 billones en subsidios. La mayoría de las empresas pertenecen a los sectores de comercio, industria manufacturera y actividades profesionales, científicas y técnicas.
Incentivo a la creación de nuevos empleos
Carlos González, socio de EY Law e Impuestos para Colombia, explica que con la nueva normativa se crea un auxilio estatal. Este puede darse hasta por 12 veces y hasta agosto de 2023 por cada nuevo trabajador contratado, así:
“Teniendo en cuenta los altos costos laborales que deben asumir los empleadores colombianos, los incentivos para la creación de empleo sí resultan ser un importante apoyo para financiar los costos laborales de aquellas empresas que decidan generar empleo”, afirma Bruce Mac Master, presidente de la ANDI.
Días sin IVA
Tres Días sin IVA en el último trimestre de 2021: el 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre. Según Mac Master, se trata de “un mecanismo de ‘choque’ que busca contribuir a la recuperación económica del sector comercio, en la medida en que le permite al empresario reducir el valor final de la venta en un 19% y, de esa manera, recuperar liquidez y renovar su inventario”.
El experto de EY Law e Impuestos para Colombia, Carlos González, aclara que este incentivo al comercio aplica para productos como vestuario y complementos de vestuario; electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones; elementos deportivos; juguetes y juegos; útiles escolares y bienes e insumos para el sector agropecuario.
Cabe aclarar que el consumidor final podrá adquirir hasta tres unidades del mismo bien, o que pertenecen al mismo género. El precio de venta por unidad debe ser igual o inferior al número de UVT establecidas por la ley, que equivalen a ($36.308), así:
Bienes cubiertos | Precio de venta por unidad sin incluir IVA |
---|---|
Vestuario | Igual o inferior a 20 UVT |
Complementos del vestuario | Igual o inferior a 20 UVT |
Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones | Igual o inferior a 80 UVT |
Elementos deportivos | Igual o inferior a 80 UVT |
Juguetes y juegos | Igual o inferior a 10 UVT |
Útiles escolares | Igual o inferior a 5 UVT |
Bienes e insumos para el sector agropecuario | Igual o inferior a 80 UVT |
Apoyo al sector comercial e industrial
El apoyo al sector industrial y comercial, así mismo, está contemplado en la Ley de Inversión Social. El Artículo 55 señala que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá implementar, promover y ejecutar planes o programas para fomentar el emprendimiento, la innovación y el desarrollo empresarial.
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Exención de renta para empresas de economía naranja
El área de Law e Impuestos de EY resalta el incentivo tributario que la Ley de Inversión Social contempla para empresas de economía naranja. Este consiste en que las empresas que desarrollen las actividades que se señalan a continuación gozarán de la exención de renta por un periodo de cinco años:
“Estas modificaciones a la renta exenta para empresas de la economía naranja buscan incentivar con mayor determinación dicho sector económico, ya que se elimina el requisito de realizar unos montos mínimos de inversión y se amplía el plazo para acceder hasta finales de este año”, enfatiza el presidente de la ANDI.
Beneficios para empresas afectadas por el paro
Por otro lado, la nueva normativa contempla un aporte estatal a los empleadores que sean personas jurídicas o naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos que se hayan visto afectados por el paro nacional.
El apoyo consiste en una contribución para el pago de las obligaciones laborales de mayo y junio de 2021 correspondiente al número de empleados multiplicado por hasta el 20% del valor de un SMMLV ($181.705). Para acceder a este aporte, los potenciales beneficiarios deben certificar una disminución del 20% o más en sus ingresos frente a los obtenidos en marzo de 2021. La fecha límite para postularse a este apoyo es el 2 de diciembre.
Régimen simple: alternativa que pueden aprovechar las pymes
En el articulado de la ley también se contemplan modificaciones al régimen simple. Según Bruce MacMaster, presidente de la ANDI, “estas tienen la finalidad de permitir que más pymes entren a ese régimen y no sean impactadas por el incremento de la tarifa general del impuesto sobre la renta al 35%, lo que les facilita mantenerse en la formalidad”.
Pero ¿cómo funcionará ahora? Carlos González, socio de EY Law e Impuestos para Colombia, explica que el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación es un modelo de tributación de declaración anual y anticipo bimestral al que pueden acogerse voluntariamente los contribuyentes.
Este sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio consolidado. Este último comprende el impuesto complementario de avisos y tableros, así como las sobretasas bomberiles que se encuentran autorizadas a los municipios.
A este régimen se pueden acoger las personas naturales o jurídicas que en el año gravable anterior obtuvieron ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios inferiores a 100.000 UVT. En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, su inscripción estará condicionada a que los ingresos del año no superen esos límites.
Obligaciones para las empresas
Así como trae beneficios, la Ley de Inversión Social también impone obligaciones a las empresas que es necesario tener presentes. La firma Crowe Colombia resume las más importantes así:
- Impuesto de normalización tributaria: se crea para 2022 y es complementario al impuesto sobre la renta. Está dirigido a contribuyentes de ese impuesto o de regímenes sustitutivos del mismo que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes. La tarifa es de 17% y debe pagarse en una declaración independiente hasta el 28 de febrero de 2022. Este impuesto no es deducible del impuesto sobre la renta.
- Impuesto sobre la renta: la tarifa aplicable a las sociedades nacionales y asimiladas, establecimientos permanentes de entidades del exterior y personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país será de 35% a partir del año gravable 2022. Adicionalmente, se implementará una sobretasa del 3% para instituciones financieras que tengan una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT.
- La DIAN podrá inscribir de oficio en el RUT (Registro Único Tributario) a las personas naturales que, según la información disponible, tengan obligaciones con la entidad. Además, podrá enviar la factura del impuesto sobre la renta a los contribuyentes, que tendrán dos meses para declarar y pagar el impuesto según el Estatuto Tributario. De lo contrario, la factura quedará en firme.
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