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Se acaba de publicar el decreto que regula la implementación del trabajo remoto en las empresas, después de dos años de crecimiento acelerado de esta modalidad. ¿Cómo se define y en qué se diferencia del teletrabajo? Aquí te contamos.

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Contenido del artículo

- El trabajo remoto en Colombia llegó para quedarse
- ¿Qué es el trabajo remoto en Colombia?
- Diferencias entre el trabajo remoto y el teletrabajo



El trabajo remoto en Colombia llegó para quedarse

En los últimos dos años, las empresas de todos los tamaños han tenido que asumir una nueva realidad que llegó para quedarse en el mundo laboral: la del trabajo remoto. Esto les ha impuesto retos a compañías como Platzi, plataforma de educación en línea, que tuvo que encontrar la mejor forma para que sus 358 empleados ubicados en 22 países pudieran continuar trabajando desde lugares diferentes a la oficina.

Hoy, esta compañía opera bajo el modelo de trabajo remoto según las leyes de cada país. Es decir, que tanto los salarios como la seguridad social se ajustan a lo establecido en cada territorio.

“Lo positivo es que ofrecemos más de lo que cada gobierno local exige. Por ejemplo, estandarizamos los días festivos en Colombia y México para que ambos equipos puedan tener los mismos días libres. Además, ayudamos a pagar las herramientas de trabajo de las personas, que se quedan con ellas cuando se van”, explica Ingrid Zúñiga, gerente de PR y Comunicaciones de Platzi.

En Colombia, la modalidad de trabajo remoto se impuso de forma acelerada por la pandemia. De acuerdo con una medición liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) en 2020 cuatro de cada 10 empresas en el país había implementado una modalidad de trabajo remoto.


Para darle un marco jurídico definitivo al trabajo remoto, el pasado 9 de abril el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 555 de 2022, por medio del cual se regula esta modalidad laboral. Veamos a continuación lo que define y lo que representa la nueva norma para las empresas.



¿Qué es el trabajo remoto en Colombia?

Jorge Enrique Peralta, director jurídico de Peralta y Asociados

Jorge Enrique Peralta, director jurídico de Peralta y Asociados, explica que de acuerdo con la Ley 2121 del 3 de agosto de 2021, “el trabajo remoto es una forma de ejecución del contrato de trabajo en la cual toda la relación laboral, desde su inicio hasta su terminación, se debe realizar de manera remota”. Es decir, que el empleador y trabajador no interactúan físicamente. Para esto, las empresas deben apoyarse en las tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otros medios.

¿Cómo se materializa este concepto en el día a día de las empresas? El Decreto 555 de 2022 lo aclara. De acuerdo con Peralta, estos son los principales puntos que contiene y se deben tener en cuenta:


  1. Condiciones del contrato: el decreto estipula que el contrato debe contener cláusulas relacionadas con:

       ● Funciones del trabajador.
       ● Condiciones físicas del puesto de trabajo.
       ● Listado de elementos que se entregan al trabajador para el desarrollo de sus funciones.
       ● Auxilio que pagará el empleador como compensación del costo de los servicios de energía, internet o telefonía 
          utilizados en la prestación del servicio.
       ● Responsabilidades que debe asumir el trabajador para la custodia de los elementos de trabajo.
       ● Procedimiento para la entrega y devolución de los elementos del trabajador.
       ● Medidas de seguridad informática que debe conocer y cumplir el trabajador.
       ● Circunstancias excepcionales en las que se podrá requerir al trabajador para que acuda al centro de trabajo o sitio
           recreativo que el empleador disponga.
       ● Establecer que las etapas precontractuales y contractuales se deberán desarrollar de manera virtual y sin costo para
          el empleado.

  2. "Esto da una claridad que no existía antes con respecto a la forma como se debe celebrar el contrato, quién debe aportar los equipos, qué costos se deben asumir por concepto de servicios públicos domiciliarios, entre otros”, aclara el experto.

  3. Obligaciones del empleador: suministrar al trabajador equipos y medios de protección si lo requiere, ordenar y facilitar la realización de evaluaciones médicas ocupacionales periódicas, garantizar el derecho a la desconexión laboral, entre otros.

  4. Obligaciones del trabajador: cumplir con las normas y atender las recomendaciones de su empleador y la ARL, cuidar su salud e informar sobre su estado cuando haya cambios, suministrar información veraz sobre el lugar de trabajo y cambios que se presenten, atender instrucciones respecto a la seguridad informática, entre otros.

  5. Riesgos laborales: las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) no tenían prevista la modalidad de trabajo remoto, por lo que existía un vacío legal y administrativo al respecto. Ahora tienen la obligación de garantizar la inclusión de esta modalidad con todo lo que implica. En ese sentido, el decreto establece las siguientes obligaciones frente a la prevención de riesgos laborales:

    Empleador: debe enviar a la ARL una copia del contrato de trabajo, diligenciar un formulario por cada empleado e informar el lugar elegido para la prestación del servicio o cualquier modificación que se presente.

    Empleado: cumplir las normas y atender las recomendaciones del empleador y la ARL, participar en actividades de prevención organizadas por la empresa y reportar accidentes de trabajo, enfermedades laborales, incidentes e incapacidades.

    ARL: incluir el trabajo remoto en sus actividades de promoción y prevención, acompañar a trabajadores y       empleadores en la verificación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, facilitar el reporte deenfermedades laborales, entre otros.

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  6. Horarios: entre empleador y trabajador remoto se puede acordar un horario fijo o flexible, según las necesidades de la empresa y del empleado, sin superar la jornada máxima legal. Este acuerdo debe quedar contemplado en el contrato, según el vocero de Peralta y Asociados.

    En Platzi, por ejemplo, se busca que todos trabajen de nueve de la mañana a cinco o seis de la tarde, en vista de que la mayor parte están en Colombia y México. Como hay personas trabajando desde Europa, se procura que coincidan en algún momento del día con los demás. Los fines de semana son sagrados y se compensa a quienes por situaciones específicas deben trabajar en los días de descanso.

  7. Trabajo de cuidado: la ley -afirma Jorge Enrique Peralta- establece que de mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador se pueden establecer horarios para facilitar el trabajo de cuidado de quienes están a cargo de menores de 14 años, personas con discapacidad o adultos mayores en primer grado de consanguinidad que convivan con el trabajador. El horario pactado no puede afectar el curso de los negocios del empleador.

  8. Auxilios: el empleador y el trabajador remoto pueden fijar de mutuo acuerdo el costo del auxilio mensual que compense los gastos de internet, telefonía o energía. Este no puede ser inferior al valor vigente del auxilio de transporte señalado por el Gobierno Nacional, que para 2022 es de $ 117.172.

    “En Platzi, por ejemplo, puedes estar en la montaña o en la playa, pero un requisito es que tengas una muy buena conexión a internet que te garantice que puedes cumplir con tus tareas”, recalca la gerente de PR y Comunicaciones de la compañía.


Amparada en la normativa, empresas como esta decidieron que seguirán trabajando en remoto. De hecho, solo cuentan con un estudio en Bogotá y otro en México donde los empleados pueden reservar espacios para trabajar eventualmente, pero incluso muchos de sus cursos se graban en otras locaciones: a los profesores se les envían los recursos técnicos y se les hace una asesoría sobre producción para que puedan generar su contenido.


Ingrid Zúñiga.

“En este momento el talento en tecnología es escaso. Ofrecer trabajo remoto nos ha permitido encontrar grandes talentos en ciudades intermedias. Esta es una tendencia mundial que es crucial para la digitalización empresarial y no adoptarla puede significar para las empresas ponerse límites para encontrar el talento necesario para crecer”, finaliza Ingrid Zúñiga.


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Diferencias entre el trabajo remoto y el teletrabajo

Diferencias entre las modalidades de trabajo virtual


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