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Dación en pago

¿En qué momento es aceptada la Dación de pago?

Los importadores de bienes podrán extinguir la obligación de pago que deriva de la operación de importación mediante la dación en pago teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Por regla general el modo autorizado para extinguir las obligaciones derivadas de las importaciones corresponde al pago en moneda legal o extranjera según el caso. 
  • Excepcionalmente el régimen cambiario permite que las operaciones de cambio obligatoriamente canalizables como la importación de bienes, se extingan mediante dación en pago. 
  • La dación en pago no puede pactarse como el modo inicial para extinguir las obligaciones de este tipo de operaciones. 
  • Para extinguir las obligaciones mediante dación en pago el importador deberá suministrar la Declaración de Cambio por importaciones de bienes indicando el valor en dólares que se entiende pagado y utilizando el numeral cambiario 2026. 
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